LA EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD RESTRINGIDA VULNERA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN LOS DELITOS GRAVES
   
Codigo
TDM/760/0001/2018
Autor
Castro Cárdenas, Rosa Luz
Asesor
Carrillo Cisneros, Felix
Escuela
MAESTRIA EN DERECHO PENAL
Pie de Imprenta
Nvo. chimbote,,,2018
Caracteristicas
110 p, Anexos, CD
Contenido
RESUMEN La responsabilidad penal se determina cuando se comete un ilícito penal a través de un proceso judicial imponiéndose por ello una pena. Pero también existe la denominada responsabilidad restringida por la edad que se encuentra regulada en el artículo 22° del C.P., la misma que obliga al juzgador a imponer una pena por debajo del mínimo legal establecido para el delito, en atención a la edad el agente delictivo, siendo que con la modificatoria de la Ley N° 30076 se excluye la aplicación de la responsabilidad restringida para los delitos graves, como en el delito de robo agravado. Es por dicha razón que los juzgadores no aplican esta responsabilidad restringida cuando el agente que comete el delito de robo agravado entre los 18-21 años, imponiendo penas elevadas en los delitos de robo agravado, vulnerando notoriamente los principios fundamentales como el de igualdad y de dignidad humana, así como derechos fundamentales como la dignidad humana, la libertad ambulatoria o de libre tránsito. Es por ello que la investigación propone la exclusión del ordenamiento penal el artículo 22° del Código penal que excluye la aplicación de la responsabilidad restringida para los agentes que cometen delitos de robo agravado comprendidos entre las edades de 18-21 años.
Ejemplares
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Estado
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1
48971
BIBLIOTECA CENTRAL
DISPONIBLE
SALA
   
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