LA INDEMNIZACIÓN ECONÓMICA POR PARTE DEL ESTADO PERUANO A FAVOR DE LOS APORTANTES OBLIGATORIOS AFILIADOS EN EL (SNP), QUE NO CUMPLIERON CON LA EXIGENCIA LEGAL DE AÑOS DE APORTACIÓN PARA SU JUBILACIÓN, REGULADA POR EL DECRETO LEY N° 19990, CONCORDANTE CON EL ARTÍCULO 1° DEL DECRETO LEY N° 25967, DEL DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA DE LOS AÑOS 2011 AL 2017
   
Codigo
TDM/761/0001/2020
Autor
Vásquez Maguiña, Walter Nestor
Asesor
Merchan Gordillo, Mario Augusto
Escuela
MAESTRIA EN DERECHO CONSTITUCIONAL
Pie de Imprenta
Nvo. chimbote,,,2020
Caracteristicas
292 p, Anexos, CD
Contenido
RESUMEN La presente investigación científica tiene como objetivo general: proponer un proyecto de ley a fin de que el Estado Peruano disponga indemnizar económicamente a los aportantes obligatorios, afiliados al (SNP) que no cumplieron con la exigencia legal de años de aportación, para su jubilación regulados por el artículo 1° del Decreto Ley N° 25967, concordante con el Decreto Ley N° 19990. Se empleó investigación científica descriptiva cualitativa y por su diseño no experimental. Para el procedimiento de la recolección de datos se recurrió a las bibliotecas de las universidades privadas y nacionales de Chimbote y de Nuevo Chimbote, se tomó como muestra referencial a 10 sentencias judiciales de los procesos tramitados en el fuero ordinario (Sétimo Juzgado Laboral en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia del Santa) sobre demanda de pensión de jubilación por no haber acreditado aportes. Obteniéndose, los siguientes resultados: 1) Los fundamentos jurídicos para que se otorgue una indemnización económica por el Estado peruano a los aportantes afiliados en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), que no cumplieron con la exigencia legal de años de aportaciones regulados por artículo 1° del Decreto Ley N° 25967, concordante con el Decreto Ley N° 19990, para percibir una pensión jubilación; 2) Por lo desarrollado en la presente investigación, se determinó que se está vulnerando el derecho fundamental al acceso a la seguridad social de los trabajadores dependientes afiliados al sistema nacional de pensiones, por no haber cumplido con la exigencia legal de años de aportaciones, para obtener una pensión de jubilación regulada por el Decreto Ley N° 19990, concordante con el artículo 1° del Decreto Ley N° 25967; 3) El Estado Peruano debe otorgarles una indemnización económica como medio de compensación idónea a los trabajadores obligatorios afiliados al Sistema Nacional de Pensiones - (SNP), por haber efectuado durante toda su vida laboral las aportaciones a dicho sistema, esto con la finalidad de obtener una futura pensión de jubilación; y 4) Es pertinente proponer un proyecto de ley a fin de que el Estado Peruano disponga indemnizar económicamente a los aportantes obligatorios, afiliados al (SNP) que no cumplieron con la exigencia legal de años de aportación, para su jubilación regulados por el artículo 1° del Decreto Ley N° 25967, concordante con el Decreto Ley N° 19990.
Ejemplares
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1
50207
BIBLIOTECA CENTRAL
DISPONIBLE
SALA
   
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