LA INCONSTITUCIONALIDAD E INCONVENCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 112 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ POR VULNERACIÓN DEL DERECHO AL SUFRAGIO PASIVO RECONOCIDO EN LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
   
Codigo
T/35/0040/2021
Autor
Estrada Pantoja, Eder Jhon
Asesor
Roncal Briceño, Julio Jesús
Escuela
DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
Pie de Imprenta
Nvo. chimbote,,,2021
Caracteristicas
112 p, Anexos, CD
Contenido
RESUMEN La presente investigación tiene como objetivo analizar las implicancias jurídico-políticas de la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 112 de la Constitución Política del Perú por vulneración del derecho al sufragio pasivo reconocido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Basándonos en un diseño de investigación de abordaje general o considerado estratégico asemejado al diseño propio de las investigaciones jurídicas, conocido como “Diseño Propositivo”. Siendo a su vez un tipo de investigación que por su enfoque se corresponde en ser una “Investigación Descriptiva”. Apoyándose además la presente investigación en métodos como el “Inductivo” que va de lo particular a lo general, el “Método Descriptivo” que se refiere a determinados hechos o fenómenos actuales, entre otros. De acuerdo a los resultados de la investigación se llegó a las siguientes conclusiones: Existen implicancias jurídicas y políticas de la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 112 de la Constitución Política del Perú que vulneran el derecho al sufragio pasivo reconocido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Constitución y la legislación deben de interpretarse de manera coherente con la CADH y la jurisprudencia interamericana, que, a diferencia del entendimiento de la Corte Constitucional, han afirmado con claridad que la restricción del ejercicio de los derechos políticos no es convencional si proviene de una autoridad distinta a un juez penal. Los derechos políticos han sido conceptualizados como el conjunto de condiciones que posibilitan al ciudadano a participar en la vida política, siendo que estos derechos lo que deseas es constituir una relación entre ciudadano y el estado. La inconstitucionalidad es oposición de un acto o norma legal, gubernamental o administrativa, a lo que prescribe una norma constitucional, siendo ello que existe una vulneración al derecho al sufragio pasivo. Con la modificación del artículo 112 de nuestra Constitución Política del Perú, que señala que no existe la reelección inmediata, se puede interpretar que se estaría limitando el derecho de todo ciudadano al no permitírsele realizar la reelección inmediata cuando ya esté terminando su periodo de mandato de los gobernantes. La incompatibilidad entre la norma y la Constitución no constituye el objeto principal del fallo, sino que suministra únicamente una de las premisas de la decisión. Al declarar la inconstitucionalidad, el Tribunal no revoca ni invalida la ley. Simplemente se abstiene de aplicarla. El control de inconstitucionalidad es muy amplio, especialmente considerando la flexible interpretación a la que la ley fundamental estadounidense se ve generalmente sometida y la competencia de la jurisdicción constitucional no debe limitarse al control de la constitucionalidad de las leyes, sino que ha de extenderse a los reglamentos que tienen fuerza de ley, como los reglamentos de necesidad, a los tratados internacionales.
Ejemplares
N° de Ingreso
Ubicacion
Estado
Uso para
1
50396
BIBLIOTECA CENTRAL
DISPONIBLE
SALA
2
50666
BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE EDUCACION
DISPONIBLE
SALA
   
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