APLICACIÓN JURÍDICO FUNCIONALISTA DEL DOLO EVENTUAL VERSUS LA TEORÍA DE LOS ANIMUS EN EL DELITO DE DIFAMACIÓN AGRAVADA, PARA LA DEBIDA TUTELA DEL HONOR
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Codigo |
T/35/0075/2023
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Autor |
Fernández Zavaleta, Elías Emanuel,Ramírez Olivera, Christian Aarón
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Asesor |
Graus Veloz, Diego Saúl
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Escuela |
DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
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Pie de Imprenta |
Nvo. chimbote,,,2023
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Caracteristicas |
370 p, Anexos, CD
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Contenido |
RESUMEN
El presente trabajo de investigación parte del cuestionamiento a la posición dogmática mayoritaria de la jurisprudencia penal peruana respecto a la tipicidad subjetiva en los delitos contra el honor, fundada en una fuerte influencia finalista, exigiendo la presencia y probanza de un elemento subjetivo del tipo distinto al dolo, como lo es el animus difamandi. Exigencia que no se condice con el paradigma de la dogmática penal contemporánea funcionalista, colisionando con los principios constitucionales y la política criminal. Se analizarán recursos de nulidad de la Corte Suprema sobre querellas por difamación agravada, donde se evidenciará que la actividad probatoria se centra en la probanza del animus, lo cual resulta impropio para la adecuada resolución de esta clase de conflictos penales. Ante ello, postulamos que la solución se encamina en la aplicación jurídico funcionalista del dolo como único elemento subjetivo, prestándole especial atención al dolo eventual, lo cual permitirá una adecuada tutela del honor en nuestro país
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Ejemplares |
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