Reglamento Interno
Normas Básicas de Uso y Préstamo
1. El servicio de Consulta, lectura y referencia,
cuenta con cubículos personales en
las salas de lectura.
2. Para lectura en sala, está permitido
solicitar de uno a dos libros por vez.
3. El alumno no podrá solicitar libros
y videos de recreación simultáneamente,
deberá optar por uno de ellos, según
prioridad.
4. Los mecanismos de búsquedas y recuperación
de la información se realizan a través
de los Ficheros Electrónicos, Terminales.
5. El préstamo a domicilio para los
alumnos es de 01 libro, si lo solicita de
lunes a jueves, lo deberá devolver
al día siguiente, si lo hiciera los
días viernes, éstos pueden ser
devueltos el día lunes siguiente, sin
recargos o moras.
6. La duración del préstamo
de libros a domicilio para los alumnos es
de un día, pudiendo ser renovado personalmente
por un día más, si la demanda
lo permite.
7. La duración del préstamo
a domicilio de los videos de recreación
(películas) es de un día para
otro. La devolución debe hacerse antes
de las 9:00 a.m. del día siguiente,
de lo contrario están sujetos a una
sanción según el reglamento.
8. El préstamo a domicilio para los
docentes, es de 03 libros como máximo.
9. La duración del préstamo
a domicilio para los docentes es de 07 días,
renovables si la demanda lo permite.
10. El material comprendido en las obras
de referencia (diccionarios, enciclopedias,
tesis), publicaciones periódicas (revistas,
periódicos, boletines) y colección
audiovisual (videos de estudio, cassettes,
CDs) No están comprendidos en el material
de préstamo, por lo tanto no salen
a domicilio.
11. Los alumnos, docentes y personal administrativo
que incumplieran la normativa de préstamo,
están sujetos a las multas o sanciones
de acuerdo a lo especificado para estos casos.
12. Para acceder a las salas de investigación,
es requisito previo haber hecho la reservación
del turno. (15 minutos antes del mismo).
13. El tiempo de permanencia en las salas
de investigación es de 01 hora por
turno, si la demanda lo permite puede extenderse
por otro turno.
14. La capacidad de las salas de investigación
es de 6 personas y están debidamente
acondicionadas con terminales para ofrecer
todas las facilidades al usuario investigador.
15. En el caso de los videos de recreación,
el usuario deberá devolverlos rebobinados.
16. Los servicios de bibliografías
especializadas, diseminación selectiva
de la información y el préstamo
interbibliotecario, están dirigidos
a los docentes, alumnos de maestrías
y alumnos de los últimos ciclos previos
al término de la carrera. La coordinación
se hace a través de la Dirección
de Biblioteca.
Sanciones y Multas
Cada día de retraso en la devolución
importará una multa de acuerdo a la
tarifa especificada en el cuadro de multas.
En caso de llevar a domicilio un documento,
libro o video de uso sólo en sala,
será sancionado con una multa por hora
y día, según sea el caso.
La reincidencia en la demora de la devolución
de los préstamos se sancionará
con la suspensión del servicio por
un semestre académico.
En caso de deterioro, mutilación o
pérdida del material prestado, este
deberá ser repuesto por otro igual
o equivalente, autorizado por el personal
de biblioteca.
Los usuarios que utilicen las computadoras
para otros fines que no sea los académicos,
estarán sujetos a las sanciones de
acuerdo al Reglamento de Disciplina de la
Universidad.
Cuadro de Multa
Faltas |
Importe |
Mora
por día de atraso (Libros de préstamo)
|
2.00
nuevos soles |
Mora
por día de atraso (Libros sólo
lectura en sala) |
6.00 nuevos soles
|
Nota: Todos
los pagos por conceptos de morosidad de los
préstamos se hacen en caja de la universidad.